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El trámite de Cambio de Uso de Suelo es una modificación a la naturaleza de los lotes residenciales, determinados así por un diseño de sitio dentro de una urbanización debidamente consolidada; el cambio de naturaleza de RESIDENCIAL a MIXTO (Comercio-Residencial) se ampara en el cumplimiento del Artículo 145 del Reglamento de Construcciones, donde se establece que los usos de
Requisitos generales de solicitud. Para la construcción de obras mayores, menores, de mantenimiento, deberá cumplirse con los siguientes requisitos (Anexo 1. Código 1 al 8):
El presente trámite tiene como objetivo definir la línea guía de inicio de la construcción dentro de la propiedad con base a las mediciones de campo, así como distancia o limite mínimo que se establece para el emplazamiento de una edificación respecto a las vías publicas.