Se refiere al Servicio Municipal de Recolección de residuos ordinarios que se brinda de forma semanal.
Los residuos a recolectar son los ordinarios, que se detallan a continuación:
Residuos ordinarios: son de origen principalmente domiciliario o que proviene de cualquier otra actividad comercial, de servicios, industrial, limpieza de vías y áreas públicas. De conformidad a lo establecido en el reglamento sobre el manejo de Residuos Sólidos Ordinarios 36093-S y la Ley para la Gestión Integral de Residuos N.°8839. Según dicha definición, se consideran dentro de esta clasificación despojos como por ejemplo: cáscaras, restos de comidas y bebidas, residuos de jardín y chapea, así como cartón, plástico y desechos sanitarios.
NOTA:
Los desechos infectocontagiosos de conformidad con el artículo 26 del Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines N.º 0965-S; única y exclusivamente podrán ser tratados como residuos ordinarios una vez tratados conforme a esta norma.
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Volante de tipos de recolección | 1.51 MB |