Tipo de trámite: CiudadanosEmpresas
Departamento: Servicios Tributarios
Categoría: Tributación y catastro
Información importante:
Según lo señalado en el Artículo 43 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios en caso de tener periodos vencidos, la Administración Tributaria podrá compensar de oficio, en cuyo caso se restituirá el saldo remanente a favor.
Para gestionar su trámite digital, debe contar con FIRMA DIGITAL.
Requisitos:
Formulario de Solicitud de Devolución de Dinero completo con todos los datos requeridos.
Identificación vigente de la persona solicitante o representante legal.
Si el solicitante es persona jurídica, Certificación de Personería vigente (digital 15 días naturales, notarial 1 mes natural).