Tipo de trámite: Ciudadanos
Departamento: Tributación y Catastro
Categoría: Tributación y catastro
La declaración sobre Bienes inmuebles debe estar vigentes (no más de 5 años de presentada)
- Para casos de inmuebles pertenecientes a Personas jurídicas, debe aportarse personería jurídica con no más de 15 días de emitida junto con la copia (as) de cédula (as de quien o quienes figuren como representantes legales y suficientemente acreditados de acuerdo a la misma personería.
- Para solicitantes NO propietarios, debe aportarse la documentación pertinente que lo acredite legal y suficientemente para esta gestión, sea como autorizado, representante o interesado sobre un trámite de fondo legal.
- Las certificaciones se le entregará solamente al propietario o al autorizado, con documentos que los identifiquen como tales.
NO SE ENTREGARÁ DOCUMENTOS SIN LA PRESENTACIÓN DEL RESPECTIVO COMPROBANTE DE ESTA SOLICITUD
NOTA: Trámite completo tarda aproximadamente de 4 a 5 días
Para más información: catastro@heredia.go.cr
Requisitos:
Certificación literal sobre el derecho (0 derechos) específicos (os) que deben tramitarse bajo esta solicitud con no más de 15 días de emitida (as).
Lugar donde se solicita: Registro Nacional en línea
Información: Link
Tributos municipales deben de estar al día a nombre del titular del inmueble.
Lugar donde se solicita: Consulte su estado de cuenta.
Información: Link.
Copia de su documento de identificación.
Si el propietario está fallecido, debe presentar acta de defunción y no firmar el formulario.
Timbres de archivo (costo ¢25). Se puede adquirir en las cajas de la Municipalidad o en el Banco de Costa Rica.
Si el propietario es persona jurídica debe aportar una personería jurídica